El Juzgado Primero de Distrito admitió la demanda de amparo de la justicia federal contra omisiones y falta de consulta a pueblos originarios en el proceso de reforma a la Ley Electoral del Estado de Chihuahua por parte del Congreso del Estado.
- Los demandantes reclaman la omisión del Congreso del Estado de no incluir en la ley el derecho de los integrantes de pueblos y comunidades indígenas para ser votados y ocupar cargos de elección popular.
- “La reforma impugnada también violenta nuestros derechos como pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, puesto que aquella reforma se emitió sin haber llevado a cabo la consulta libre, previa e informada a nosotros integrantes de pueblos indígenas de Chihuahua”.
- La consulta es una prerrogativa fundamental reconocida en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- El juicio de amparo fue promovido por integrantes de los pueblos ralámuli, pima y N´dee–N´nee–Ndé (culturalmente conocidos como apaches).
- El 25 de julio de 2023, el Juzgado Primero de Distrito admitió el inicio del juicio de amparo bajo el expediente 1661/2023-VII.
- El juez programó la audiencia constitucional para el 25 de agosto de 2023 a las 9:00 horas.
¿Por qué es importante? La demanda de amparo busca garantizar los derechos de los integrantes de los pueblos originarios para ser votados y consultados en los procesos de reforma electoral, como establece la Constitución federal.
Contexto. El 28 de junio de 2023, la mayoría del PRI y PAN en el Congreso del Estado aprobó distintos cambios a la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.
- Sin embargo, los legisladores no realizaron una consulta previa entre los pueblos originarios del estado y sin garantizar sus derechos, como ordena la Constitución.
- La demanda de amparo promovida Guadalupe Pérez Holguín, Martín Javier Tafoya Domínguez y Miguel Ángel Casimiro Sierra, contra actos del Congreso del Estado de Chihuahua, Gobernadora Constitucional del Estado de Chihuahua y Secretario General de Gobierno del Estado de Chihuahua.
Antecedentes. En octubre de 2015, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación reconoció el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la consulta previa en materia electoral por medio de la Jurisprudencia 37/2015.
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