El Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprobó los “Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias”, después de una polémica en la que se impulsó la falsa narrativa de que se buscaba censurar a los medios.
- Por primera vez, establecen un procedimiento para que las personas televidentes y radioescuchas de medios de comunicación con concesiones de espectro radioeléctrico para uso comercial, social y público puedan presentar comentarios, quejas o sugerencias, las cuales deberán ser atendidas en un plazo de 20 días.
- En la conferencia de prensa para la presentación de los Lineamientos, la comisionada presidenta de la CRT, Norma Solano Rodríguez, en compañía del Pleno del organismo regulador, dijo que esta regulación tutela el mecanismo para el ejercicio de los derechos de las audiencias, para expresar sus inquietudes y recibir respuesta de los propios medios.
- La CRT no revisa, ni califica contenidos, ni determina qué es verdadero o falso; las decisiones editoriales, informativas y de programación son responsabilidad exclusiva de cada medio de comunicación.
- La versión aprobada se precisó a partir del análisis de las 8 mil 889 participaciones recibidas durante la consulta pública realizada del 27 de julio al 21 de agosto de 2026, provenientes de la ciudadanía, la academia, organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación y personas expertas.
El procedimiento para la protección de los derechos de las audiencias inicia con la presentación de la queja y concluye en un plazo no mayor a 20 días, con la respuesta que la Defensoría brinda a la audiencia, con base en el informe que rinde el medio de comunicación.
- Norma Solano Rodríguez dijo que la labor de la CRT es garantizar que las quejas, opiniones y comentarios de las audiencias sean recibidos y atendidos oportunamente por las Defensorías de los propios medios, con apego a sus respectivos Códigos de Ética.
- Aclaró que la CRT no interviene en decisiones informativas, editoriales, de programación, ni juzga contenidos.
- Su función se enfoca en tutelar el derecho de la ciudadanía a recibir respuesta, interviniendo a solicitud de la persona interesada únicamente si el medio incumple el procedimiento establecido, como negarse a recibir la inconformidad, omitir la respuesta o no respetar los plazos legales de atención.
Los Lineamientos aprobados el 26 de agosto de 2026 se armonizan con los derechos reconocidos en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Postura de la CIRT: La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión celebró la aprobación de los Lineamientos en materia de Derechos de las Audiencias. En un comunicado expuso lo siguiente:
- La CIRT “expresa su reconocimiento a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, y al gobierno federal, por los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, aprobados por el Pleno de esa autoridad reguladora”.
- “Para la CIRT, los Lineamientos aprobados guardan un balance importante entre regulación, libertad editorial, libertad de expresión y la viabilidad económica de la industria mexicana de la radio y la TV, en un contexto mundial de alta competencia por audiencias y anunciantes”.
- “Las preocupaciones de la industria mexicana de la radiodifusión, señaladas en comunicaciones previas, han sido atendidas luego de un fructífero diálogo con las autoridades federales”.
- “Como resultado de este proceso de consulta pública, la CIRT está convencida del gran precedente que este ejercicio deja para futuros procesos normativos, dada la plena disposición del gobierno federal para escuchar a la industria, a los especialistas y a la población en general”.
- “Sobre los aspectos que resultan claves para que la libertad de expresión y el derecho a la información concurran de manera armónica y lograr que los mexicanos estén cada vez mejor informados”.
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