El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa resolvió que la Auditoría Superior del Estado no acreditó la existencia de irregularidades en la adquisición de software por parte de la Secretaría de Hacienda entre 2016 y 2017.
- La Auditoría Superior interpuso una denuncia administrativa por presunto abuso de funciones en contra de un ex funcionario de Hacienda, pero no presentó pruebas para demostrar que hubo un acto sancionable, determinaron los magistrados.
¿Por qué es importante? El caso fue magnificado en los medios oficialistas como un caso de corrupción de la administración 2016-2021, al extremo de señalar al ex gobernador Javier Corral como responsable.
- Por ejemplo, el 21 de septiembre de 2022, El Heraldo de Chihuahua publicó en su titular principal de portada: “Resolverán desfalco de 36 mdp de Corral”.
La denuncia administrativa. En enero de 2021, el titular de la Auditoría Superior del Estado, Héctor Acosta Félix, interpuso una denuncia administrativa en contra de José Alfredo L., entonces director de Sistemas de la Secretaría de Hacienda.
- La Auditoría señaló que Hacienda pagó 18.1 millones de pesos a la empresa Tecnologías de Gestión y Comunicación SA de CV por la adquisición e implementación de un nuevo sistema electrónico para el manejo de los ingresos en las oficinas de recaudación de rentas.
- En 2018 la dependencia pagó 17.6 millones para resolver fallas detectadas entre el nuevo y el viejo sistema que existía desde la administración de Fernando Baeza.
- En su revisión de la cuenta pública 2018, la Auditoría Superior consideró que se trataba de un doble pago y presentó la denuncia administrativa ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.
¿Qué resolvió el Tribunal? Los magistrados Mayra Aida Arróniz Ávila (presidenta), Alejandro Tavares Calderón y Gregorio Daniel Morales Luévano aprobaron por unanimidad el proyecto de sentencia definitiva 004/2021/2, que estipula lo siguiente:
- “No existen elementos suficientes para determinar la comisión de falta administrativa grave de abuso de funciones, ya que se considera que no se acreditó por la autoridad investigadora la totalidad de las hipótesis normativas contenidas en el tipo de abuso de funciones”.
- “De lo expuesto en el informe de presunta responsabilidad en relación con las pruebas ofrecidas no se acredita un acto arbitrario cometido por el presunto responsable”.
- “Tampoco quedó debidamente argumentado y acreditado por la autoridad investigadora que los actos imputados se hayan realizado con el objetivo de generar un perjuicio al servicio público y en qué consistió tal perjuicio”.
- “Se concluye que la autoridad investigadora no cumplió con la carga de la prueba en los términos legalmente exigidos para vincular al presunto responsable con la falta administrativa”.
- “No se acreditó más allá de toda duda razonable todos los extremos de la falta administrativa imputada”.