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Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava deben postular fórmulas de mujeres a la alcaldía

El IEE aprueba criterios de paridad de género y acciones afirmativas para fortalecer la participación política de personas indígenas, de la diversidad sexual, con discapacidad y juventudes.

Texto: De la Redacción
octubre 11, 2026
en Poder
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Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava deben postular fórmulas de mujeres a la alcaldía
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El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua aprobó los Criterios para el cumplimiento del principio de paridad de género y acciones afirmativas aplicables al registro de candidaturas en el Proceso Electoral Local 2026-2027.

  • El acuerdo establece las reglas que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y, en los casos que corresponda, candidaturas independientes.
  • Las reglas son para garantizar la participación política de las mujeres y de personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad, desventaja o discriminación.
  • Los criterios regulan la verificación de la paridad y de las acciones afirmativas durante la postulación y registro de candidaturas.

Paridad en condiciones de competitividad: Los criterios contemplan la paridad vertical, horizontal y transversal, con el objetivo de que la participación de las mujeres no sólo se garantice en número, sino también en condiciones de competitividad electoral.

  • Para ayuntamientos y sindicaturas se establecen tres bloques de competitividad: 22 municipios de alta, 23 de media y 22 de baja competitividad.
  • Cuando se presenten candidaturas en los 67 municipios, deberán registrarse como mínimo 11 mujeres en el bloque de alta competitividad, 12 en el de media y 11 en el de baja, de manera independiente para presidencias municipales y sindicaturas.
  • La asignación del género dentro de cada bloque corresponderá a los propios partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, siempre que se garantice el principio de paridad.

Cinco presidencias municipales con fórmulas de mujeres: Como acción afirmativa para el Proceso Electoral Local 2026-2027, las candidaturas a las presidencias municipales de Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava deberán corresponder a fórmulas de mujeres, tanto en la candidatura propietaria como en la suplencia.

  • La medida tiene como finalidad fortalecer el acceso efectivo de las mujeres a las presidencias municipales y atender condiciones históricas de desigualdad en el ejercicio de estos cargos.

Acciones afirmativas para distintos grupos de la población: Los criterios también establecen medidas para fortalecer la participación política de personas indígenas, personas de la diversidad sexual, personas con discapacidad permanente y juventudes.

  • En materia indígena, se establece la inclusión de fórmulas integradas por personas indígenas en las planillas de mayoría relativa de 34 municipios, y al menos el 50% de estas postulaciones deberán corresponder a fórmulas integradas por mujeres.

Diversidad sexual y personas con discapacidad: Los criterios contemplan acciones afirmativas para personas de la diversidad sexual y personas con discapacidad permanente, tanto en diputaciones como en ayuntamientos, conforme a las reglas previstas para cada tipo de elección y los municipios correspondientes.

  • En diputaciones, cada partido político deberá postular, como mínimo, una fórmula de personas de la diversidad sexual y una fórmula de personas con discapacidad permanente, distribuidas entre mayoría relativa y representación proporcional conforme a las reglas establecidas.

Participación de juventudes: Los criterios incorporan también medidas para fortalecer la representación política de las juventudes.

  • En el caso de los ayuntamientos, deberán registrarse fórmulas integradas por personas jóvenes, propietaria y suplente, en los municipios en los que los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes presenten planillas, de acuerdo con las reglas establecidas para esta acción afirmativa.
  • Las personas consideradas dentro de esta medida deberán tener entre 18 y 29 años.
  • Asimismo, se contemplan disposiciones para la participación de personas jóvenes en las listas de regidurías de representación proporcional.

Con la aprobación de estos criterios, el IEE establece las reglas que se aplicarán para verificar el cumplimiento de la paridad de género y de las acciones afirmativas durante el registro de candidaturas del Proceso Electoral Local 2026-2027.

  • El propósito de avanzar en condiciones de igualdad, inclusión y representación política efectiva.

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Comentarios 1

  1. Jose Ramon Elias Avila says:
    4 minutos hace

    ENHORABUENA esto es impartición de justicia para la igualdad de oportunidades de las mujeres y personas vulnerables. Ya era hora de meter en orden a los partidos políticos mafiosos y corruptos

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